domingo, 6 de abril de 2008

EMPRESA

Código de comercio: son las normas que rigen a los comerciantes dentro de las actividades económicas del comercio en un país.

Titulo 1


Comerciantes: es toda persona que desarrolla una actividad considerada por la ley como mercantil.
• La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad se haga intermediario.
• No se considera como comerciante la persona que ejerce de vez en cuando la actividad mercantil, pero esta sujeta a las normas.
• Las personas consideradas por la ley como hábiles son las que son capaces de contratar y se someten.
• Son inhábiles las que no cumplan lo anterior.

• Para efectos legales de que la persona es comerciante:
1. estar inscrito en el registro mercantil
2. tener establecimiento de comercio abierto
3. por cualquier medio se de ha conocer al publico

• personas que no pueden ejercer el comercio:
1. funcionarios de entidades oficiales y semioficiales que se relacionen con entidades mercantiles
2. personas a las que se lo prohíbe la ley
En caso de que persona inhábil ejerza actividades mercantiles será multada
• inhabilidad sobreviviente por posesión de un cargo: el comerciante deberá informar a la cámara de comercio cuando tome posesión de un cargo que no le permita desarrollar actividades mercantiles.
• Prohibición del ejercicio de comercio por delitos: aplica a las personas que han violado las leyes del comercio y por este motivo no podrán ejercer el comercio por un tiempo de 2 a 10 años.
• Perdida de la calidad de comerciante por incapacidad de sobrevivientes.
• Subsanar la calidad de comerciante: las incapacidades para ejercer el comercio se podrán subsanar con las leyes comunes sin contar con las disposiciones especiales de este código.
• Deberes de los comerciantes:
1. matricularse en la cámara de comercio
2. inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos exigidos por la ley.
3. llevar contabilidad regular de las operaciones del negocio conforme a las normas legales.
4. conservar la correspondencia y documentos que tengan que ver con las actividades del negocio.
5. denunciar ante el juez competente el cese de los pagos corrientes de sus obligaciones mercantiles.
6. no realizar actos de competencia desleal


Titulo 2



• son mercantiles para todos los aspectos legales:
1. la adquisición de bienes a titulo oneroso con destino a enajenarlos.
2. la adquisición de bienes muebles con fin de arrendarlos.
3. recibir dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella.
4. la adquisición o enajenación a titulo personal de establecimiento comerciales y demás actividades relacionadas con estos.
5. todo lo relacionado con la constitución de la sociedad o la negociación a titulo personal de títulos valores, acciones o cuotas.
6. negociación, enajenación de títulos valores y lo derivado de estos.
7. las operaciones de bancos, bolsas o de martillos
8. el corretaje, las agencias y representantes de compañías extranjeras.
9. la explotación o prestación de puertos, muelles, puentes vías y campos de aterrizaje.
10. empresa de seguros y la actividad de esta.
11. el trasporte de personas o cosas por cualquier medio.
12. las empresas de producción, transformación, manufactura y circulación de bienes.
13. las empresa dedicadas a la compra venta de bienes.
14. las empresas prestadoras de servicios.
15. las empresas dedicadas a la reparación, ornamentación y construcción.
16. empresas que aprovechan los recursos naturales.
17. empresas promotoras al negocio de bienes.
18. empresas creadoras, reparadoras y de ventas de maquinaria de transporte.
19. los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil.

• Otros actos mercantiles: se consideraran así todos los actos que tengan que ver con actividades o empresas de comercio.
• Actos no mercantiles:
1. adquisición de bienes con el fin de consumo domestico y la enajenación o los sobrantes estos.
2. la adquisición de materias primas para obras artísticas y la enajenación de estas.
3. adquisiciones hechas por funcionarios para prestar un servicio.
4. los negocios y transformación realizados por los campesinos.
5. prestación de servicios inertes a las profesiones liberales.

Titulo 3

• Registro mercantil: tiene por objeto llevar las matriculas de los comerciantes y de sus respectivos establecimientos, así como del registro de todos los actos libros que exija la ley.
• El registro mercantil es llevado por ala cámara de comercio pero la superintendencia de ind. Y com. Dará instrucciones y determina los libros para cumplir con la inscripción.
• Personas, actos y documentos que se deben inscribir en el registro mercantil:
1. personas que ejerzan el comercio con sus auxiliares.
2. capitulaciones matrimoniales y sus cláusulas de liquidación conyugal.
3. la decisión judicial interna pronunciada contra comerciantes
4. autorizaciones que se otorguen a menores para ejercer el comercio y revocación de estas.
5. la revocación parcial o general de de bienes o negocios del comercio.
6. la apertura del establecimiento de comercio y de sucursales.
7. libros de contabilidad, registros de accionistas, actas de asamblea, juntas directivas de sociedades mercantiles.
8. embargos y demandas civiles con derechos y que su modificación tenga que ver con el registro mercantil.
9. la constitución reformas estatutarias y todo lo que tenga que ver con la liquidación de las empresas comerciales.
10. demás actos y documentos que sean exigidos por la ley para su registro.

• reglas para llevar el registro mercantil.
1. los actos, contratos y documentos serán inscritos en la cámara de comercio con jurisdicción de donde fueron expedidos.
2. la matricula de los comerciantes las inscripciones no previstas en el ordinal anterior, se hará en la cámara de comercio con domicilio del afectado.
3. la inscripción se harán en libros separados, en forma de extracto que razón del acto mercantil.
4. la inscripción podrá fijarse en cualquier momento, pero los documentos ante terceros tendrían validez hasta la fecha de inscripción.
• La inscripción se debe probar con el certificado expedido por la cámara de comercio o por inspección en el registro mercantil.
• El plazo para solicitar el registro mercantil para personas naturales es un mes después que empezó a ejercer la actividad comercial y para las sociedades un mes depuse de haberse realizado la escritura pública de constitución.
• La petición de la matricula indicara:
1. nombre del comerciante, # de documento, nacionalidad, lugar donde desarrollara sus actividades, domicilio, dirección, actividad que esta desarrollando, inversión en la actividad mercantil y referencias del comerciante inscrito.
2. se presumirá en el registro mercantil propietario del establecimiento, independiente de que sea propio o ajeno.
• Renovación de la matricula: la matricula se renovara cada año dentro de los primeros meses y se informara a la respectiva cámara de comercio sobre los cambios de la empresa.

Empresa: es toda entidad organizada para desarrollar una actividad económica y así obtener un lucro o un beneficio.

Clasificación de las empresas

1) Actividad:

1. agropecuarias: se encarga de producir bienes agrícolas y pecuarios.
2. mineras: su actividad principal es la explotación de los recursos del subsuelo.
3. industriales: se encargan de producir materias primas en productos terminados.
4. comerciales: se encargan de la compra venta de productos con el fin de obtener lucro.
5. de servicios: prestan un servicio para satisfacer las necesidades de los individuos.

2) Tamaño:
• grande: tiene mayor organización, maneja contabilidad sistematizada se maneja por divisiones de trabajo y de especializaciones y por sus recursos obtienen mayores ganancias.
• Mediana: sus rendimientos obtenidos son considerables, maneja cierto número trabajadores que también tienen una especialización y una división de trabajo, y la contabilidad es más organizada que la pequeña.
• Pequeña: maneja escaso capital, su contabilidad es sencilla y el trabajo lo puede realizar una sola persona.

3) Procedencia de capital:
• Privada: sus aportes para su constitución son por parte de personas particulares.
• Oficiales o públicas: para su constitución reciben aportes del estado.
• Mixtas: reciben aportes tanto del estado como de personas particulares.

4) número de propietarios:
• Individuales: el propietario de empresa es uno pero la actividad se extiende a personas que le colaboran como familia o empleados.
• Unipersonal: es la persona natural o jurídica, que reuniendo las características de comerciante destina la mayor parte de sus recursos a actividades mercantiles.
• Sociedad: son las empresas de una o más personas que reúnen ciertos requisitos y son llamados socios.


Trámites para la constitución de una empresa

persona natural
1) Consulta de nombre
2) Consulta de clasificación por actividad económica
3) Código clasificación industrial internacional universal (CIIU)
4) Consulta de uso de suelo en el departamento planeación distrital
5) Trámite ante la DIAN para el RUT
6) Formularios de Matrícula Mercantil
7) Formulario adicional de registro con otras entidades
8) Presente los anteriores documentos en cualquier sede de la CCB
9) Cancele los derechos de matrícula en la Cámara de Comercio de Bogotá.

persona jurídica
1) Consulta de nombre
2) Código clasificación industrial internacional universal (CIIU)
3) Consulta de uso de suelo en el departamento planeación distrital
4) Trámite ante la DIAN
5) Elaborar el documento de constitución de la sociedad
6) Formularios de matrícula mercantil
7) Formulario adicional de registro con otras entidades
8) Presente los anteriores documentos en cualquier sede de la CCB
9) Cancele los derechos de matrícula en la Cámara de Comercio de Bogotá
10) Elaboración de la escritura pública de constitución.

RELACION ENTRE ENTE ECONOMICO Y LA COMTABILIDAD

La contabilidad es la mano derecha de la empresa o de toda actividad económica ya que gracias a esta se tiene un orden y un control sobre los negocios y operaciones comerciales que una persona realiza.

La contabilidad permite tomar decisiones acertadas para todas para el mejoramiento de la actividad económica desarrollada y así ser mayor competente en el marcado.

El estado constituye todos los conceptos aceptados y tenidos en cuenta para realizar los registros contables, para esto el estado lo expuso en el articulo 2649 en sus artículos regula y da normas y pautas del manejo de la contabilidad.

sábado, 8 de marzo de 2008

DEBERES DE LOS APRENDICES



1. Conocer las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento del Aprendiz SENA .y comprometerse a convivir en la comunidad educativa , de acuerdo con ellos

2. Informar al coordinador académico sobre el retiro del programa de formación o sobre los cambios en la información registrada en el momento de la matricula.

3. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, tanto en la fase lectiva como productiva, y reintegrarlo al finalizar la formación o cuando se presente cancelación de la matricula. En caso de perdida colocar el denunció respectivo y solicitar un duplicado.

4. Utilizar los elementos de seguridad dispuestos en los ambientes de aprendizaje para estar protegidos contra accidentes durante el programa de formación en el SENA.

5. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo las instalaciones físicas, el material didáctico, equipos y herramientas; utilizar, cuidar y hacer buen uso de los materiales, los elementos de protección personal dispuestos por el SENA en el ambiente de aprendizaje donde sea necesaria su utilización, aceptando las condiciones de prevención suministradas por el Instructor- tutor y organizándolos al terminar su utilización, respondiendo por lo daños ocasionados a éstos, cuando sean ocasionados intencionalmente o por descuido.


6. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia: obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la totalidad de los integrantes de la Comunidad Educativa y utilizar el vocabulario que refleje respeto, cultura y educación en forma directa o a través de medios impresos o electrónicos (foros de discusión, chats o correo electrónico)


7. Hacer buen uso de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de lo Comunidad Educativa, siendo solidario, tolerante y prudente en la información que se publique en los medios de comunicación y trabajo colaborativo institucional, tanto físicos como digitales. Evitar el envío de material multimedia que contenga imágenes, videos o grabaciones que no sean objeto de las actividades formativas.



8. Respetar los derechos de autor de materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o de terceros.

9. Informar al instructor - tutor, coordinador, directivos o personal de apoyo cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y marcha del centro de formación, de la entidad y de la comunidad educativa o que considere sospechosa dentro de la Institución y los ambientes de aprendizaje, permitiendo la actuación oportuna preventiva o correctiva.

10. Cumplir con las actividades del plan de formación acordado con el instructor – tutor o del Plan de Mejoramiento en el horario acordado.
11. Solicitar respetuosamente a los responsables de la información académica los avances en el proceso formativo y mantenerse informado del juicio de evaluación emitido por el instructor – tutor.
12. Apoyar el desempeño de los instructores - tutores en su práctica docente como elemento orientador y facilitador en la construcción del conocimiento y el mejoramiento institucional


13. Entregar oportunamente al Coordinador Académico las solicitudes o novedades que se le presenten durante el proceso formativo, entre ellas la consecución de patrocinio o vinculación laboral inmediatamente esto ocurra.


14. Participar en el desarrollo del Plan de Gestión Ambiental del Centro, colaborando y fomentando la necesidad de clasificar los desechos, conservar el medio ambiente y el equilibrio de la naturaleza, y no poner en peligro la supervivencia de especies vegetales y animales. .


15. Respetar la dignidad, intimidad e integridad del ser humano al igual que los elementos de su propiedad, valorando los estímulos o beneficios recibidos sin transferirlos a terceros


16. Cuidar y mantener la adecuada presentación personal según el ambiente y actividad a desarrollar.

17. Apoyar, valorar y acatar las decisiones tomadas en forma grupal, siempre y cuando estas no afecten el buen desempeño formativo, así como respetar la opinión de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa


18. Atender y cumplir las indicaciones para participar en salidas, en pasantías técnicas o intercambios de aprendices a nivel nacional o internacional.

DERECHOS DE LOS APRENDICES

DERECHOS

1. A recibir inducción completa del SENA, del proceso formativo y del compromiso como aprendiz SENA.
2. A la Formación Profesional acorde con el programa en el cual esta matriculado, y .al crecimiento y desarrollo armónico de las dimensiones humanas según lo contemplado en la misión del SENA


3. A hacer uso adecuado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramientas, recursos: didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para la Formación Profesional.
4. A disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz que apoyan su desarrollo integral durante el proceso formativo, en la formación titulada: presencial o vimodal.

5. A participar en las actividades curriculares y extracurriculares de formación programadas por el SENA.
6. A ser tratado con dignidad y respeto por todos los integrantes de la Comunidad Educativa,

7. A recibir orientación académica y de comportamiento que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social, sin detrimento de la divergencia política, ideológica y de credo por parte de quienes tienen la responsabilidad de dirección, de formación y de apoyo a la formación.
8. A hacer escuchado y atendido en mis peticiones siguiendo el debido proceso y el derecho de defensa

9. A contar con Planes de Mejoramiento, cuando en el seguimiento al proceso formativo no se evidencie el logro de los resultados de aprendizaje propuestos o se incumpla o infrinja los compromisos adquiridos en la matricula.
10. A estar protegido contra riesgos o accidentes durante el tiempo del programa de formación y en las actividades que sean realizadas en el Centro de Formación.

11. A disponer de los elementos de seguridad propios del programa de formación profesional con el fin de protegerse contra la fuente, el medio y su persona.
12. A ser informado de los avances en el proceso formativo o notificado a través de los conductos regulares y en forma oportuna de las medidas formativas para su mejoramiento.

13. A participar en la evaluación de los instructores, como indicador para el mejoramiento de los procesos formativos
14. A recibir la certificación que le corresponda, una vez cumpla la totalidad de los requisitos establecidos en el programa de formación y la normativa SENA.

15. A expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la libertad de expresión de los demás integrantes de la Comunidad Educativa, sin recurrir a situaciones violentas, causar daños o perturbar el orden y la disciplina del centro.
16. A recibir en el momento de su matrícula el carné estudiantil que lo acredite como aprendiz del SENA, a renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al culminar el programa de formación o en caso de cancelación de matrícula.

CONTRATO DE APRENDIZAJE


El contrato de aprendizaje
Es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos (2) años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.

Normas que regulan la contratación de aprendices:

ü Ley 789 de 2002 y sus Decretos Reglamentarios 933 y 2585 de 2003.
ü Acuerdo 0015 del 11 de diciembre de 2003.
ü Acuerdo 0016 del 11 de diciembre de 2003.

1) No constituye contrato de aprendizaje:
Actividades por convenios en calidad de pasantías como requisito para título.
Prácticas asistenciales y de servicio social obligatorio (salud) Servicio social obligatorio en 10 y 11 de lectiva secundaria.
Prácticas en el marco de proyectos de protección social adelantados por el Estado.

2) regulación de la cuota de aprendices
La cuota mínima de aprendices deberá ser regulada por la Regional del SENA del domicilio principal de la empresa, Sin perjuicio del deber que le asiste al empleador de establecer el número de aprendices que le corresponde, vincularlos o realizar la monetización, debiendo informar al SENA dentro del mes siguiente a la contratación o monetización de la cuota mínima.

3) empresas están obligadas a contratar aprendices
Se encuentran obligados a vincular aprendices todos los empleadores de carácter privado que desarrollen cualquier tipo de actividad económica diferente de la construcción y que ocupen un número de trabajadores no inferior a quince (15). Las Empresas de menos de diez (10) trabajadores podrán voluntariamente tener un aprendiz de formación del SENA.

4) La empresa patrocinadora podrá cubrir su cuota de aprendices con los siguientes estudiantes:• Alumnos SENA.• Alumnos de colegios articulados con el SENA.• Alumnos de instituciones en programas reconocidos por el SENA.• Estudiantes Universitarios.

5) empresas exoneradas de contratar aprendices
• Las empresas que ocupen un número menor a 15 trabajadores.• Las entidades públicas distintas de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional, departamental, distrital y municipal.• Las empresas que se encuentren en proceso concordatario o se hayan acogido a la Ley 550 de 1999 y mientras subsista esta situación, continúan exentas de contratar aprendices.• Las empresas dedicadas a la industria de la construcción.

6) La determinación de la cuota mínima de aprendices será así:
- Un (1) aprendiz por cada veinte (20) trabajadores y- Uno (1) adicional por fracción de diez (10) o superior.- Las empresas que tengan entre quince (15) y veinte (20) trabajadores tendrán un (1) aprendiz.

7) Horario del aprendiz en la empresa
-En la etapa práctica o productiva, el aprendiz dedicará hasta 48 horas semanales al cumplimiento de la misma, previa concertación entre el empleador y el aprendiz.- En el periodo de tiempo en que el aprendiz alumno recibe formación integral en las aulas no se desplazará a las instalaciones de las empresas, salvo que esté contemplado en el programa de formación la alternación de las etapas.

8) Determinación de la cuota de aprendices
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 620 de 2005, para las empresas obligadas a la contratación de aprendices, la cuota de aprendizaje se calcula sobre el número de trabajadores vinculados a la empresa y cuyos oficios de encuentren contemplados en el listado de oficios y ocupaciones expedido por el SENA mediante acuerdo 0009 de 2005. Adicionalmente, el mencionado Decreto señala que para este cálculo, se debe tener en cuenta el número de horas semanales que laboran los trabajadores en la empresa.

Mas información en http://www.misena.edu.co/

HISTORIA SENA

SENA: servicio nacional de aprendizaje
Así, el SENA nació durante el Gobierno de la Junta Militar, posterior a la renuncia del general Gustavo Rojas Pinilla, mediante el Decreto-Ley 118, del 21 de junio de 1957.
Sus funciones, definidas en el Decreto 164 del 6 de agosto de 1957, eran brindar formación profesional a los trabajadores, jóvenes y adultos de la industria, el comercio, la agricultura, la minería y la ganadería.
Así mismo, su fin era proporcionar instrucción técnica al empleado, formación acelerada para los adultos y ayudarles a los empleadores y trabajadores a establecer un sistema nacional de aprendizaje. Además, organizar y mantener la enseñanza teórica y práctica relacionada con diferentes oficios; seleccionar los candidatos al aprendizaje; realizar cursos complementarios de preparación, perfeccionamiento y adiestramiento para trabajadores técnicos; y contribuir con el desarrollo de investigaciones relacionadas con la organización científica, entre otras.
La entidad tripartita, en la cual participarían trabajadores, empleadores y Gobierno, se llamó Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y surgió en el momento indicado. La industria pretendía conquistar nuevos mercados y necesitaba más trabajadores y mejor calificados, métodos modernos y cambios drásticos en la productividad.
El nombre, SENA, lo escogió Martínez Tono, quien admiraba el río Sena que cruza a París, la ciudad luz, capital de Francia, donde estudió aspectos relacionados con la formación profesional.
La institución que Rodolfo Martínez Tono dirigió con “mano dura” y manteniendo a raya la politiquería, ofreció instrucción calificada al talento humano para enfrentar los retos propios de una industria en crecimiento. Por ello, desde el principio, su influencia fue notoria. La naciente entidad no solo formaba técnicos, sino también empresarios y promovía las pequeñas y medianas empresas.
El sena fue creado con el propósito de capacitar no solo en conocimientos sino en campos tan importantes como lo es el emprendimiento y ayudarlo a salir al mercado laboral para que tuviese una mayor capacidad y mayores ofertas de empleo para poder mantenerse en el mercado y siendo competitivo y emprendedor.
El SENA está al día en conocimiento, desarrollo tecnológico e innovación, pero mantiene su dinámica de cambio, a fin de seguir proporcionando la herramienta fundamental para que un país salga de la pobreza y las empresas sean más competitivas: Conocimiento para todos los colombianos.

mas informacion en http://www.misena.edu.co/

jueves, 6 de marzo de 2008

EMPRENDIMIENTO

Emprendimiento

 Es una forma de pensar, razonar y actuar centrada en las oportunidades, planteada con visión global y llevada a acabo mediante un liderazgo equilibrado y la gestión de un riesgo calculado, su resultado es la creación de valor que beneficia a la empresa, la economía y la sociedad.

 El emprendimiento es el desarrollo de acciones que buscan entre otros la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal y no formal y su articulación con el sector productivo.

 El emprendimiento se refiere al esfuerzo adicional por alcanzar una meta, será entendido como una serie de características desarrolladas en una persona que establecen una actitud de vida donde esta presente la innovación, la creatividad, la auto confianza y la capacidad para desarrollar proyectos.


Características:

1. El emprendimiento es una actitud frente a la vida, y aunque no se establece si el emprendedor nace o se hace, el entorno y los modelos (ejemplos) exitosos de emprendimiento favorecen la formación de emprendedores.

2. El emprendimiento fomentado intensivamente en los sectores más vulnerables de nuestra sociedad.

3. La estimulación del emprendimiento desde edades más tempranas del desarrollo posibilitan un desarrollo más dinámico de la actividad económica.

4. Se manifiesta mediante la concepción de un proyecto que contenga elementos innovadores y el grado en que se logra materializarlo, es decir, de transformar, cambiar de forma, de idea a realidades en un plazo y con recursos definidos.

Ayuda al emprendimiento
• Inserción curricular del emprendimiento en la educación básica y media.
• Generación de espacios para vincular emprendedores con inversionistas, facilitando el acceso a financiamiento de nuevos emprendimientos.
• Apoyar y crear concursos que premien las buenas ideas emprendedoras, posibilitando la ejecución de nuevos negocios.
• Reducir, simplificar y/o eliminar algunos trámites, de manera de favorecer el surgimiento de emprendimientos. A su vez, también se proponen iniciativas tendientes a facilitar el cierre de aquellos emprendimientos que no han tenido éxito.
• Contribuir a fortalecer la valoración social de los emprendedores, a través de un fuerte apoyo comunicacional de agentes públicos y privados.

Perfil del emprendedor:

a. Flexibilidad: el emprendedor tiene que estar abierto a los cambios, tener la disposición necesaria para asumir que la situación presente puede cambiar en función de un mejor desarrollo.
b. Auto confianza: el emprendedor tiene que estar seguro de sus potencialidades y desarrollarlas.
c. Responsabilidad: la capacidad de responder a los compromisos adquiridos es clave para hacer funcionar un sistema que se basa en relaciones d confianza.
d. Buscador de soluciones: el emprendedor mediante su creatividad y pro actividad tiene que ser capaza de reaccionar ante las situaciones y encontrar respuestas factibles.
e. Capacidad de persuasión: es importante para desarrollar el espíritu emprendedor, contar con habilidades comunicacionales, para motivar a seguir el mismo objetivo.
f. Asertividad: tienen que ver con la capacidad de comunicar lo que efectivamente se pretende comunicar.
g. Talento: capacidad esencial que conjuga los elementos anteriores y le agrega una visión de futuro positiva y realista frente al negocio.
h. Asumir riesgos: es la capacidad para tomar decisiones en un panorama poco favorable, asumiendo las consecuencias de esto

La formación del espíritu emprendedor incluye una mirada integral a la educación de los jóvenes, junto con entregar herramientas para generar iniciativas productivas en la sociedad.

CADENAS PRODUCTIVAS

Cadenas productivas

Definición: Una Cadena Productiva es el conjunto de agentes y actividades económicas que intervienen en un proceso productivo, desde la provisión de insumos y materias primas, su transformación y producción de bienes intermedios y finales, y su comercialización en los mercados internos y externos, incluyendo proveedores de servicios, sector público, instituciones de asistencia técnica y organismos de financiamiento.

  • Cada uno de los agentes intervinientes son denominados eslabones, es decir, los distintos actores de la actividad productiva, dependen unos de otros y si uno se corta, se corta toda la cadena y se perjudica el conjunto. la cadena se extiende hasta el producto final, incluyendo la comercialización, debido a que el consumidor se constituye en el último eslabón.
  • Para ganar la lucha contra la pobreza y generar el crecimiento económico que permita mejorar la vida de las personas se considera que es imprescindible adoptar un enfoque sistémico sobre la competitividad del país, a fin de orientar y priorizar políticas, programas y acciones que fortalezcan el sector productivo.
  • El enfoque de cadenas y la firma de Acuerdos de Competitividad es la forma más eficiente de estimular al sector productivo ya que la dinámica de su puesta en práctica conlleva mecanismos de priorización de necesidades y de definición de políticas sectoriales a corto, mediano y largo plazo e incorpora también mecanismos que pueden generar motivación, participación y compromiso del sector privado tendiendo a devolver la confianza del sector privado en el sector público.

    Objetivos:
  • El Desarrollo de Cadenas Productivas priorizadas en el ámbito nacional tiene como objetivo general “Promover y facilitar la resolución, de forma integral y participativa, de los problemas que limitan el desarrollo del sector productivo”, teniendo como principales objetivos específicos los siguientes:
  • Fortalecer la organización, coordinación y relacionamiento de los diferentes eslabones y actores de las cadenas productivas.
  • Proponer y desarrollar metodologías e instrumentos que vayan a mejorar la productividad y competitividad de las empresas e instituciones del entorno de la cadena.
  • Un enfoque integral, de la visión y las necesidades de todos los eslabones que participan en una cadena productiva, permite que las acciones de fortalecimiento del sector productivo no sean aisladas y por lo tanto, mejoren sus oportunidades de éxito u optimicen su efecto
  • Diseñar herramientas transversales (financieras, innovación tecnológica, infraestructura, asociatividad.
  • Promover el fortalecimiento organizacional.


DESARROLLO DE CADENAS PRODUCTIVAS
1) Realización de proyectos asociativos en las cadenas productivas que permiten construir un nivel de entendimiento, cooperación, capital social y confianza entre los empresarios.

2) Promoción del establecimiento de las bases y los procesos necesarios para configurar escenarios futuros deseables en materia industrial y tecnológica para las Cadenas productivas del país por medio de talleres y conferencias con visión al futuro.


3) Formación de líderes (gremios, banca, sector público, empresarios) en temas de redes empresariales, asociatividad y marketing de cadenas productivas, con el interés de que a través de la identificación y formación de líderes articuladores de proyectos se genere asociatividad entre las cadenas y/o sectores productivos.

  • El Ministerio busca que con este espacio de concertación, las empresas de las cadenas productivas realicen proyectos de desarrollo conjunto, complementándose unas con otras, Colaboren para alcanzar objetivos comunes de mediano y largo plazo, orientados al desarrollo de la competitividad, respondan a las señales del mercado, produciendo lo que el mercado necesita y desarrollando productos altamente diferenciados.