domingo, 6 de abril de 2008

EMPRESA

Código de comercio: son las normas que rigen a los comerciantes dentro de las actividades económicas del comercio en un país.

Titulo 1


Comerciantes: es toda persona que desarrolla una actividad considerada por la ley como mercantil.
• La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad se haga intermediario.
• No se considera como comerciante la persona que ejerce de vez en cuando la actividad mercantil, pero esta sujeta a las normas.
• Las personas consideradas por la ley como hábiles son las que son capaces de contratar y se someten.
• Son inhábiles las que no cumplan lo anterior.

• Para efectos legales de que la persona es comerciante:
1. estar inscrito en el registro mercantil
2. tener establecimiento de comercio abierto
3. por cualquier medio se de ha conocer al publico

• personas que no pueden ejercer el comercio:
1. funcionarios de entidades oficiales y semioficiales que se relacionen con entidades mercantiles
2. personas a las que se lo prohíbe la ley
En caso de que persona inhábil ejerza actividades mercantiles será multada
• inhabilidad sobreviviente por posesión de un cargo: el comerciante deberá informar a la cámara de comercio cuando tome posesión de un cargo que no le permita desarrollar actividades mercantiles.
• Prohibición del ejercicio de comercio por delitos: aplica a las personas que han violado las leyes del comercio y por este motivo no podrán ejercer el comercio por un tiempo de 2 a 10 años.
• Perdida de la calidad de comerciante por incapacidad de sobrevivientes.
• Subsanar la calidad de comerciante: las incapacidades para ejercer el comercio se podrán subsanar con las leyes comunes sin contar con las disposiciones especiales de este código.
• Deberes de los comerciantes:
1. matricularse en la cámara de comercio
2. inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos exigidos por la ley.
3. llevar contabilidad regular de las operaciones del negocio conforme a las normas legales.
4. conservar la correspondencia y documentos que tengan que ver con las actividades del negocio.
5. denunciar ante el juez competente el cese de los pagos corrientes de sus obligaciones mercantiles.
6. no realizar actos de competencia desleal


Titulo 2



• son mercantiles para todos los aspectos legales:
1. la adquisición de bienes a titulo oneroso con destino a enajenarlos.
2. la adquisición de bienes muebles con fin de arrendarlos.
3. recibir dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella.
4. la adquisición o enajenación a titulo personal de establecimiento comerciales y demás actividades relacionadas con estos.
5. todo lo relacionado con la constitución de la sociedad o la negociación a titulo personal de títulos valores, acciones o cuotas.
6. negociación, enajenación de títulos valores y lo derivado de estos.
7. las operaciones de bancos, bolsas o de martillos
8. el corretaje, las agencias y representantes de compañías extranjeras.
9. la explotación o prestación de puertos, muelles, puentes vías y campos de aterrizaje.
10. empresa de seguros y la actividad de esta.
11. el trasporte de personas o cosas por cualquier medio.
12. las empresas de producción, transformación, manufactura y circulación de bienes.
13. las empresa dedicadas a la compra venta de bienes.
14. las empresas prestadoras de servicios.
15. las empresas dedicadas a la reparación, ornamentación y construcción.
16. empresas que aprovechan los recursos naturales.
17. empresas promotoras al negocio de bienes.
18. empresas creadoras, reparadoras y de ventas de maquinaria de transporte.
19. los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil.

• Otros actos mercantiles: se consideraran así todos los actos que tengan que ver con actividades o empresas de comercio.
• Actos no mercantiles:
1. adquisición de bienes con el fin de consumo domestico y la enajenación o los sobrantes estos.
2. la adquisición de materias primas para obras artísticas y la enajenación de estas.
3. adquisiciones hechas por funcionarios para prestar un servicio.
4. los negocios y transformación realizados por los campesinos.
5. prestación de servicios inertes a las profesiones liberales.

Titulo 3

• Registro mercantil: tiene por objeto llevar las matriculas de los comerciantes y de sus respectivos establecimientos, así como del registro de todos los actos libros que exija la ley.
• El registro mercantil es llevado por ala cámara de comercio pero la superintendencia de ind. Y com. Dará instrucciones y determina los libros para cumplir con la inscripción.
• Personas, actos y documentos que se deben inscribir en el registro mercantil:
1. personas que ejerzan el comercio con sus auxiliares.
2. capitulaciones matrimoniales y sus cláusulas de liquidación conyugal.
3. la decisión judicial interna pronunciada contra comerciantes
4. autorizaciones que se otorguen a menores para ejercer el comercio y revocación de estas.
5. la revocación parcial o general de de bienes o negocios del comercio.
6. la apertura del establecimiento de comercio y de sucursales.
7. libros de contabilidad, registros de accionistas, actas de asamblea, juntas directivas de sociedades mercantiles.
8. embargos y demandas civiles con derechos y que su modificación tenga que ver con el registro mercantil.
9. la constitución reformas estatutarias y todo lo que tenga que ver con la liquidación de las empresas comerciales.
10. demás actos y documentos que sean exigidos por la ley para su registro.

• reglas para llevar el registro mercantil.
1. los actos, contratos y documentos serán inscritos en la cámara de comercio con jurisdicción de donde fueron expedidos.
2. la matricula de los comerciantes las inscripciones no previstas en el ordinal anterior, se hará en la cámara de comercio con domicilio del afectado.
3. la inscripción se harán en libros separados, en forma de extracto que razón del acto mercantil.
4. la inscripción podrá fijarse en cualquier momento, pero los documentos ante terceros tendrían validez hasta la fecha de inscripción.
• La inscripción se debe probar con el certificado expedido por la cámara de comercio o por inspección en el registro mercantil.
• El plazo para solicitar el registro mercantil para personas naturales es un mes después que empezó a ejercer la actividad comercial y para las sociedades un mes depuse de haberse realizado la escritura pública de constitución.
• La petición de la matricula indicara:
1. nombre del comerciante, # de documento, nacionalidad, lugar donde desarrollara sus actividades, domicilio, dirección, actividad que esta desarrollando, inversión en la actividad mercantil y referencias del comerciante inscrito.
2. se presumirá en el registro mercantil propietario del establecimiento, independiente de que sea propio o ajeno.
• Renovación de la matricula: la matricula se renovara cada año dentro de los primeros meses y se informara a la respectiva cámara de comercio sobre los cambios de la empresa.

Empresa: es toda entidad organizada para desarrollar una actividad económica y así obtener un lucro o un beneficio.

Clasificación de las empresas

1) Actividad:

1. agropecuarias: se encarga de producir bienes agrícolas y pecuarios.
2. mineras: su actividad principal es la explotación de los recursos del subsuelo.
3. industriales: se encargan de producir materias primas en productos terminados.
4. comerciales: se encargan de la compra venta de productos con el fin de obtener lucro.
5. de servicios: prestan un servicio para satisfacer las necesidades de los individuos.

2) Tamaño:
• grande: tiene mayor organización, maneja contabilidad sistematizada se maneja por divisiones de trabajo y de especializaciones y por sus recursos obtienen mayores ganancias.
• Mediana: sus rendimientos obtenidos son considerables, maneja cierto número trabajadores que también tienen una especialización y una división de trabajo, y la contabilidad es más organizada que la pequeña.
• Pequeña: maneja escaso capital, su contabilidad es sencilla y el trabajo lo puede realizar una sola persona.

3) Procedencia de capital:
• Privada: sus aportes para su constitución son por parte de personas particulares.
• Oficiales o públicas: para su constitución reciben aportes del estado.
• Mixtas: reciben aportes tanto del estado como de personas particulares.

4) número de propietarios:
• Individuales: el propietario de empresa es uno pero la actividad se extiende a personas que le colaboran como familia o empleados.
• Unipersonal: es la persona natural o jurídica, que reuniendo las características de comerciante destina la mayor parte de sus recursos a actividades mercantiles.
• Sociedad: son las empresas de una o más personas que reúnen ciertos requisitos y son llamados socios.


Trámites para la constitución de una empresa

persona natural
1) Consulta de nombre
2) Consulta de clasificación por actividad económica
3) Código clasificación industrial internacional universal (CIIU)
4) Consulta de uso de suelo en el departamento planeación distrital
5) Trámite ante la DIAN para el RUT
6) Formularios de Matrícula Mercantil
7) Formulario adicional de registro con otras entidades
8) Presente los anteriores documentos en cualquier sede de la CCB
9) Cancele los derechos de matrícula en la Cámara de Comercio de Bogotá.

persona jurídica
1) Consulta de nombre
2) Código clasificación industrial internacional universal (CIIU)
3) Consulta de uso de suelo en el departamento planeación distrital
4) Trámite ante la DIAN
5) Elaborar el documento de constitución de la sociedad
6) Formularios de matrícula mercantil
7) Formulario adicional de registro con otras entidades
8) Presente los anteriores documentos en cualquier sede de la CCB
9) Cancele los derechos de matrícula en la Cámara de Comercio de Bogotá
10) Elaboración de la escritura pública de constitución.

RELACION ENTRE ENTE ECONOMICO Y LA COMTABILIDAD

La contabilidad es la mano derecha de la empresa o de toda actividad económica ya que gracias a esta se tiene un orden y un control sobre los negocios y operaciones comerciales que una persona realiza.

La contabilidad permite tomar decisiones acertadas para todas para el mejoramiento de la actividad económica desarrollada y así ser mayor competente en el marcado.

El estado constituye todos los conceptos aceptados y tenidos en cuenta para realizar los registros contables, para esto el estado lo expuso en el articulo 2649 en sus artículos regula y da normas y pautas del manejo de la contabilidad.